Si la hipoteca de su vivienda se efectuó entre el 2001 y el 2012 probablemente tenga esta cláusula en su préstamo.
Nuestro despacho jurídico le ofrece la reclamación a su entidad bancaria sin provisión de fondos, cobrándole únicamente un 10% de lo recaudado y si hubiese condena en costas a la entidad bancaria NO se le cobraría cantidad alguna.
Le reclamaremos los intereses pagados de más, los gastos de constitución hipotecarios y los intereses legales de todas las cantidades reclamadas.
Para mas información, puede ponerse en contacto con nosotros en el teléfono 961821344 o enviando un correo electrónico.